– Consejo comunal: Según el
ordenamiento legal venezolano, los consejos comunales:“Son instancias de
participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones
comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al
pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y
proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”
– Características de los
consejos comunales:
· *Deben ser autónomos, es decir, no depender de
nadie.
*Deben prepararse para reemplazar a las Alcaldías, a los Gobernaciones y a los Ministros. En esencia son los futuros sustitutos del aparato del Estado.
*Deben prepararse para reemplazar a las Alcaldías, a los Gobernaciones y a los Ministros. En esencia son los futuros sustitutos del aparato del Estado.
· * Deben disponer de su propio programa.
· * Disponer
de sus propios estatutos.
· *No deben limitarse al sólo papel de conseguidor
de votos en las mesas electorales a los candidatos impuestos.
· *Disponer y organizar sus propios sistemas de
seguridad creando las organizaciones de milicias populares.
– Importancia de los consejos comunales: El Consejo Comunal es la instancia social que asume el ejercicio real del poder popular, que representa la plataforma humana que alcanza el mayor grado de participación, protagonismo y gerencia comunitaria dentro de un ámbito geográfico cuidadosamente delimitado.
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